Esta semana se conoció que el Juzgado Civil del Circuito de Puerto Berrío concedió una tutela presentada por Norman Ferney Vélez Daza, líder social del municipio de Puerto Nare, con la cual pedía medidas urgentes de protección debido a la presencia de hipopótamos en el río Nare.
Específicamente el juzgado ordenó medidas urgentes para proteger a los niños que deben desplazarse en una canoa por el río para llegar a una escuela en la vereda Canteras de Puerto Nare, pasando muy cerca de un sitio donde están arraigados los hipopótamos.
Sin embargo, Norman Vélez confirmó que la tutela ya fue impugnada, pues buscarán que dichas medidas preventivas también acojan a los pescadores, a los promotores turísticos y a las familias ribereñas que se han visto afectadas por la presencia de este animal que fue introducido por Pablo Escobar hace ya casi 40 años.
En contexto: Juez ordena medidas urgentes por hipopótamos en el río Nare
Uno de los puntos centrales del fallo inicial ordena a Corantioquia realizar, en un plazo de un mes, una valoración técnica de los ejemplares conocidos como el «Grupo Nare» y determinar qué medida de manejo resulta necesaria, eficaz, viable y proporcional.
El juzgado no ordenó directamente sacrificar, capturar o trasladar los animales. Dejó en manos de la autoridad ambiental la definición de la medida que corresponda técnicamente. Una vez tomada esa decisión, Corantioquia tendrá un mes adicional para ejecutarla, con apoyo técnico, operativo, humano y financiero de otras entidades cuando sea requerido dentro de sus competencias.
Según información incorporada al expediente, el denominado «Grupo Nare» tendría una población estimada de cinco individuos y se encuentra en fase de expansión.
La sentencia también ordenó a Corantioquia instalar, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación, señalización preventiva para advertir sobre la presencia de hipopótamos en Puente de la Soná, Islitas, Canteras, Gaticos, La Pesca y La Coqueta.
En el mismo plazo, Corantioquia, el municipio de Puerto Nare —a través del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo— y, si es requerido, el Dagran, deberán implementar y divulgar un sistema local de alerta temprana, que deberá incluir una línea permanente para reportar la presencia de estos animales.
El fallo también involucra al municipio de Puerto Nare, Transportes Rivertours SAS, la Gobernación de Antioquia y Corantioquia. Estas entidades deberán determinar si medidas como utilizar una embarcación guía y restringir o prohibir los viajes nocturnos son suficientes para garantizar la seguridad de los estudiantes.
Si concluyen que estas acciones no bastan, tendrán que adoptar otras alternativas para garantizar el desplazamiento seguro. El protocolo deberá contemplar, entre otros aspectos, identificación de rutas y horarios, evaluación de puntos críticos, comunicación con conductores y familias, alternativas de transporte y procedimientos para suspender y restablecer el servicio. El plazo fijado también es de 48 horas.
Además, el municipio, la empresa transportadora y la Secretaría de Educación de Antioquia deberán disponer lo necesario para que los estudiantes puedan retomar las clases presenciales simultáneamente con la implementación de un transporte escolar fluvial seguro.
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