Medellín

Tribunal Administrativo de Antioquia anuló elección de Juan Carlos Upegui como concejal de Medellín

2024-07-04
Imagen de Tribunal Administrativo de Antioquia anuló elección de Juan Carlos Upegui como concejal de Medellín

El Tribunal Administrativo de Medellín ha fallado en contra de Juan Carlos Upegui, excandidato a la Alcaldía y cercano al exmandatario de esa ciudad, Daniel Quintero. La decisión, que anula su elección como concejal, se basa en supuestas inhabilidades que el político tenía al momento de su elección.

En el fallo emitido por la Sala Sexta del tribunal, se ordena “declarar la nulidad parcial de las actas de elección E-26 ALC de 4/11/2023 y E-26 CON de 4/11/2023, en cuanto declaran la elección como concejal del distrito de Medellín, por el estatuto de la oposición, de Juan Carlos Upegui Venegas, en aplicación al artículo 25 de la ley 1909 de 2018 para el período constitucional 2024-2027″. Asimismo, se ordena la cancelación de la credencial de Upegui como concejal de Medellín.

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Upegui había llegado al Concejo de Medellín por el estatuto de oposición, que le aseguraba una plaza al ser el segundo más votado en las elecciones regionales del año pasado. Sin embargo, su elección fue demandada con el argumento de que no estaba habilitado para ocupar el cargo debido a una posible inhabilidad. La demanda señalaba que en los 12 meses previos, un familiar de Upegui había trabajado como autoridad administrativa, específicamente su padre, Carlos Alberto Upegui Mejía, quien fue rector de la institución educativa San Lorenzo de Aburrá y ocupó otros cargos administrativos.

A pesar de que Upegui defendió su posición afirmando que su elección se debía a un derecho personal otorgado por el estatuto de la oposición y no por un acto electoral, el Tribunal concluyó que esto no lo eximía de las causales de inhabilidad. El fallo especifica que “las causales de inhabilidad previstas en la ley para quienes aspiran acceder a cargos públicos son aplicables no solo cuando la persona electa incumple un deber legal, sino que se hace extensiva a quienes ocupan curules en virtud del estatuto de oposición consagrado en los artículos 112 Constitucional, 24 y 25 de la ley 1909 de 2018″.

Esta decisión es en primera instancia y deja a Juan Carlos Upegui fuera de su cargo como concejal, al menos temporalmente, mientras se desarrollan los posibles recursos y apelaciones que pueda interponer. De momento se desconocen declaraciones por parte del miembro del movimiento Independientes, así como quién ocuparía la curul que queda vacante.

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