El Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Medellín condenó a José Miguel Narváez Martínez a 28 años de cárcel por ser el determinador del crimen de lesa humanidad que consistió en el secuestro extorsivo agravado contra la entonces senadora Piedad Esneda Córdoba Ruiz, ocurrido en 1999. El hombre también deberá pagar una multa de 3 499 SMMLV al Consejo Superior de la Judicatura, una cifra que asciende a cerca de 4 980 millones de pesos y cumplir una inhabilidad para ejercer funciones y derechos públicos por 20 años.
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La Fiscalía acusó a Narváez de ser determinador del delito, es decir, instigador o autor intelectual del secuestro. Según la investigación, Narváez entregó grabaciones de interceptaciones ilegales de conversaciones entre la senadora y comandantes presos del ELN a Carlos Castaño, diciéndole que Córdoba era una supuesta aliada de la guerrilla, lo que motivó el secuestro. En el proceso se contó con los testimonios de exjefes paramilitares como Don Berna, Ernesto Báez, El Alemán, HH, El Iguano y Raúl Hasbún, quienes señalaron a Narváez como ideólogo y asesor de las AUC.
Los hechos ocurrieron el 21 de mayo de 1999, cuando la senadora Piedad Córdoba fue secuestrada en un centro médico de la comuna 14, El Poblado, de Medellín, por miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) bajo órdenes de Carlos Castaño. La mujer fue liberada el 4 de junio de 1999 gracias a la mediación de varios sectores políticos y humanitarios.
Según el ente investigador, el secuestro tuvo un motivo político que consistía en presionar al Gobierno para incluir a las AUC en los diálogos de paz y castigar a la senadora por sus supuestos vínculos con grupos guerrilleros. Narváez en ese momento no era funcionario público, pero la Fiscalía describió cómo fue que consiguió la información.
“El procesado era el asesor ideológico de las AUC, mantenía relación directa con el Ejército Nacional, especialmente con el B-2, lo que le permitía acceder a información privilegiada. Figuraba como profesor en la Escuela Superior de Guerra, y como asesor de Fedegán, institución señalada por vínculos con el paramilitarismo. Era amigo personal de Carlos Castaño, dictaba conferencias en sus campamentos sobre guerra política, antisubversión y eliminación de opositores, e instigó a Castaño para que ordenara el plagio, pues le entregó grabaciones ilegales (casetes) de conversaciones entre Piedad Córdoba y comandantes del ELN en la cárcel de Itagüí”, se lee en el fallo.
Por su parte, la Defensa de Narváez negó conocer a Carlos Castaño o a las AUC, argumentó que los testigos mintieron o fueron presionados para implicarlo y sostuvo que la acción penal debía prescribir. El juzgado no aceptó la prescripción y concluyó que existían pruebas suficientes para afirmar que Narváez instigó el secuestro.
Por último, la sentencia es de primera instancia y proceden recursos de ley ante esta, en especial, el de apelación.
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